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CEPAZ Centro de Justicia y Paz

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Somos una organización sin fines de lucro que trabaja desde el año 2012 en la promoción y defensa de valores democráticos, los derechos humanos y la cultura de paz en Venezuela.

Venezolanas en Emergencia por Ofelia Álvarez Cardier

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Resumen de la investigación original

Las investigaciones propuestas por el Centro de Justicia y Paz (Cepaz) sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres en Venezuela permiten ver en conjunto las complejidades y la afectación diferenciada en el contexto de la emergencia humanitaria compleja que atraviesa nuestro país.

Como parte de estas investigaciones se encuentra la realizada por la directora general de Fundamujer, la profesora Ofelia Alvarez Cardier, titulada “Venezolanas en Emergencia”

La Venezuela de hoy y su incidencia en la vida de sus mujeres

Venezuela ha venido padeciendo, en espiral ascendente y profundizándose, una crisis generalizada en todos los sectores públicos, privado, alimenticio, sanitario, educativo, de seguridad, justicia, político; de libertad de expresión, independencia ideológica, sexual, reproductivo, para desplazamientos y muchos otros más. Sin embargo, para comprender cuál es la situación de la mujer venezolana en la sociedad actual hay que conocer las características del Estado, las leyes y el tipo de gobierno que lo rigen.

Venezuela es un país que tiene los atrasos culturales de casi todos los países latinoamericanos en los que reina el machismo con las consecuencias de desigualdad y discriminación múltiple hacia la mujer. Se violan, impunemente, los más elementales derechos humanos sin que los organismos internacionales que velan por su cumplimiento puedan actuar. El régimen político que gobierna al país se puede definir como una dictadura militar fascista típica de la historia de dictaduras de dicho tipo frecuentes en América Latina.

Asimismo es necesario señalar la actual crisis humanitaria que atraviesa Venezuela, la cual afecta a las mujeres de manera intencionada y progresiva. Con vulnerabilidad constante en todos sus derechos fundamentales por parte del Estado/Gobierno que, desde hace más de dos décadas, conduce las políticas públicas deficitarias y en algunos casos ausentes en materia social, económica y cultural de Venezuela, amparados bajo la  impunidad, abusos y violaciones reiteradas de los derechos humanos y la dignidad de las personas.  Reduciéndolas a ciudadanas no solo de segundo orden sino a meras habitantes que han sido despojadas de su ejercicio pleno de ciudadanía tanto en el ámbito legal como legítimo dado y enunciados por la Constitución y leyes de la República, que conforman el estado de derecho y el debido proceso.

Ellas atraviesan una crisis humanitaria compleja que va en escalada y en una acentuada discriminación, que coloca en un último lugar ante el  derecho a la igualdad, a la equidad social y al desequilibrio de la balanza en materia de equivalencia humana.

Las Violencias Basadas en Género. Las Violencias Emergentes contra las Mujeres en Venezuela

–       Las Violencias Basadas en Género

Ejercidas contra las mujeres y niñas en Venezuela. En un contexto de Emergencia Humanitaria Compleja, como consecuencia de un Estado de Derecho que está en resquebrajamiento y de crisis profunda, producida por conflictos políticos, sociales y económicos.

El marco jurídico/legal de Venezuela se establece una serie de derechos de las mujeres. En la Constitución Bolivariana de Venezuela en su preámbulo y exposición de motivos establecen claramente en el TITULO III. De los Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes. CAPÍTULO I. Obligaciones Generales.

Así como la base fundamental de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOMDVLV,2007) y demás instrumentos jurídicos que protegen y reivindican los derechos humanos de las mujeres. La CEDAW (siglas en inglés para la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, 1979) enlista los derechos humanos de las mujeres. Lo que puede considerarse un gran avance en concreción y de suma relevancia para este estudio.

Esos son derechos humanos de las mujeres venezolanas que se traducen en el deterioro de su calidad de vida, el ataque constante, sistemático, planificado y reiterado por parte del Estado/Gobierno contra el derecho a la vida, la dependencia económica, el empobrecimiento brutal de la población venezolana, y muy específicamente la feminización de la pobreza, conllevando al incremento y el difícil acceso a la igualdad de oportunidades. Así como la obstaculización para el acceso a la justicia, deterioro de los derechos laborales, deficiencias en el sistema de salud y acceso y adquisición para las medicinas, entre otras.

–       Las Violencias Emergentes contra las Mujeres

Emergente es principio de algo más o que se logra visibilizar al salir a la superficie; y en Emergencia como peligro que amerita acción inmediata (RAE, 2001). Dos acepciones que nos conciernen en el análisis.

“Así pretendemos mostrar cómo se ha venido presentando la VBG para nuestras mujeres, las que no están en la LODMVLV, las que van saliendo a la superficie de las sociedad haciendo que ellas sean cada vez más vulnerables o tener más posibilidades o diferentes que el género femenino de sufrirlas. Convirtiéndose desde ya hace años en sucesos peligrosos para ellas, situaciones amenazantes en diferentes áreas de sus vidas y que, de seguro, requieren de acciones inmediatas que el entorno político, de poder y control, parece no ver, no querer ver o haberlo propiciado cruelmente a la población femenina.” (3)

–       Violencia del Estado-Gubernamental

Son muchas las formas en las que se presenta este tipo de violencia del Estado; formas que violan sensiblemente los derechos humanos.

Muertes y otras situaciones producidas por la situación de crisis de todo tipo que vive nuestra sociedad. Perpetrados por organizaciones del “orden” como OLP, GNB y PNB que, en sus incursiones, arrasan con vidas y bienes materiales llevándose a hijos, esposos y padres, dejando casas arrasadas y mujeres con un promedio entre 2 y 4 hijos, en su mayoría menores de edad.

A ello se suman los casos de detenidas sin juicio o en juicios militares ligados a acciones delictivas de los funcionarios, como en el caso de las policías detenidas por revelar y difundir fotos de los cadáveres de sus mismas compañeras, todo sin los procedimientos pautados legalmente. Mujeres asesinadas como consecuencia de la acción de funcionarios por excesos al pasar por puntos de control. Se acumulan denuncias de niños asesinados o heridos gravemente.

Al cúmulo de adversidades entre las que se desenvuelve la vida de la mujer  venezolana no escapa el fenómeno de la hiperinflación que, cuando se presenta en un proceso de crisis económica como está ocurriendo en Venezuela, se multiplican los padecimientos por ser la mujer un débil económico.

–       Violencia Delincuencial y Mujeres en Delincuencia

El fenómeno delincuencial abarca los asesinatos y homicidios cada vez más frecuentes hacia las mujeres, producto de la problemática social, perpetrados por desconocidos.

En todos los casos analizados hay mujeres asesinadas, robadas o secuestradas, desde niñas a ancianas inclusive por funcionarios directa o indirectamente con amenazas de tipo sexual. En este punto señalamos cómo en la prensa sale la noticia una vez, no hay investigación, no hay interés por saber del contexto

Por otro lado, desde el año 2015 se observa un aumento del fenómeno de Mujeres Delincuentes o en Delincuencia que han pasado de acompañamiento al novio o pareja para robos o secuestros a participar activamente en bandas dirigidas por ellos; incluso a crear bandas delictivas propias entre familiares femeninas dirigiéndolas o como sicarias que organizan y ejecutan la operación, apoyadas por hombres.

–       Violencia en acceso a la Salud

Hablamos acá de ausencia creciente de medicinas, anticonceptivos, insumos para análisis y exámenes específicos.

Consecuencias perniciosas de enfermedades que estaban erradicadas y deterioro progresivo de salud mental en la población agravado en las mujeres por causa del cuido familiar, la doble y triple jornada y la búsqueda de alimentos y medicamentos a través de múltiples locales.  Es desidia, falta de planificación; ya ni siquiera hay con quien hablar en el Ministerio respectivo, no hay quien atienda, un responsable.

–       Violencia Alimentaria-Nutricional, de Medicamentos.

Dedicamos este tipo de violencia a la ausencia progresiva de insumos alimenticios, productos farmacéuticos y de la probabilidad económica de adquirirlos provocando depresión nutricional, imposibilidad de mejoras ante alguna dolencia y de graves consecuencias en el crecimiento para niñas y niños.

El gobierno no garantiza los requerimientos mínimos para la alimentación ni permite ayuda humanitaria en alimentos y medicinas. Lo que muestra a una población a quien se le conculca su derecho a la alimentación.

Las Venezolanas en Emergencia: lo que está y lo invisibilizado

Las mujeres venezolanas están en peligro inminente, en emergencia. Sus derechos humanos desconocidos, irreverenciados, ignorados. La mitad de la población está desasistida, con cargas aumentadas y crecientes.

La ayuda humanitaria urgente y necesaria pasa necesariamente por el crisol de la atención prioritaria de las mujeres por su condición de vulnerabilidad, discriminación  múltiple y sesgos que tienen su origen en las violencias y patrones socio-culturales de roles asignados a las mujeres. Siendo la discriminación el origen fundamental de las desiguales y desequilibrios en las relaciones de poder.

Luego de las acciones positivas y recomendaciones emitidas por la CEDAW en sus Recomendaciones Generales N° 19 y 35 es imperiosa la necesidad de subsanar y restablecer los derechos humanos de las mujeres, considerando que es un asunto de Estado y en corresponsabilidad con la sociedad civil, la aplicación de la RG N°35.

En este sentido, proliferan y/o se incrementan nuevas formas perversas de violencias contra las mujeres que dificultan la actualización día a día, en general. Por parte del Estado/Gobierno enfatizamos en la corrupción generalizada que influye globalmente  en la trata de mujeres y niñas, la inexistencia consciente y provocada en contra de la comunidad LGTB y el tema del aborto.

Por lo tanto, los derechos humanos de las mujeres, y entre ellos el más relevante el derecho a la vida, vienen siendo apartados de las decisiones sociales, políticas y humanitarias por el Estado-Gobierno desde hace ya muchos años. El deterioro es grave y las ONG venezolanas deben prepararse para un esperado período de transición. La lucha, expresada en políticas concretas, es también una vía.

Notas bibliográficas:

(1)    Barroso Morgado, G. (2018) Mesa de Expertas en Violencia contra las Mujeres. Relatoría. Documento central: “Mujeres en Emergencia”. P. 1.

(2)    Idem, P. 2.

(3)    Tomado de Mujeres al Límite, III, 3.5, p. 50.

(4)    Alvarez Cardier, O. et al (2018) Leyendo las noticias con “lentes” de género. Informe Final.

(5)    t.co/Avesa/Eurosocial. 15-09-2018.

(6)    Tomado de Mujeres al Límite, IV. Comentarios finales.

Fuentes consultadas:

–          Alvarez Cardier, Ofelia©; Beatríz Rodríguez y Delia Mondragón (2018)Leyendo las noticias con “lentes de género”(2015-2017). ALAPLAF, FUNDAMUJER y OVDHM. Venezuela.

–          AVESA, Mujeres en Línea, CEPAZ y FREYA (2017) Mujeres al LímiteEl peso de la emergencia humanitaria: vulneración de derechos humanos de las mujeres en Venezuela.

–          American  Psychological Association (2018)Normas APA 2018. USA.

–          Barroso Morgado, Griselda (2018) Relatoría de Mesa de Expertas en VCM. Cepaz, Centro de Estudios de la Mujer-UCV y FUNDAMUJER

–          Naciones Unidas (2018) Recomendación General No. 35. CEDAW/C/GC/35.

–          (2014). El Espacio de la Sociedad Civil y el Sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Guía Práctica para la sociedad civil.

–          Real Academia Española (2001)Diccionario de la Lengua Española. España. Ed. Espasa Calpe.

–          República Bolivariana de Venezuela. (2007). Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Gaceta Oficial Nª38.647.

–          (1999) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.