Venezuela tiene una de las leyes más completas y de avanzada para defender a la mujer de una vida de violencia, pero su debida aplicación es una de las grandes deudas del Estado con esta población. El deterioro en la administración de justicia alcanza a toda la cadena que está llamada a atender a las víctimas, de allí que el sistema se convierte en agresor en sí mismo e incurre en violencia institucional tipificada en el instrumento legal que el propio Estado aprobó. En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se celebra cada 25 de noviembre, las venezolanas tienen pocos alcances que exhibir y festejar
Por: Ingrid Orjuela
La alegría de Yesenia (nombre ficticio para resguardar su identidad) al ser beneficiada con un apartamento de la Misión Vivienda no podía ser mayor. La joven de 26 años de edad proveniente de Charallave, poblado a las afueras de Caracas, deseaba mudarse a la capital con su pequeño hijo pensando en tener más oportunidades laborales y, por ende, una mejor calidad de vida. Al notar que Yesenia era madre soltera y no tenía pareja, el encargado del condominio del edificio comenzó a acosarla sexualmente cada vez que salía o llegaba al apartamento. Las situaciones se tornaron cada vez más fuertes e insoportables, por lo que la joven decidió denunciarlo, pero en las instancias a las que acudió le pedían evidencias en vez de tomar la denuncia e iniciar una investigación. Insistió en sus esfuerzos legales por frenar la situación; sin embargo, en algunas oficinas receptoras de denuncias le insinuaron que ella podría ser la responsable del acoso sexual al estimular al hombre. En una instancia incluso le sugirieron que lo enfrentara y amenazara con denunciarlo, lo que lejos de acabar con la situación la dejaría en mayor vulnerabilidad y riesgo ante posibles represalias. Decepcionada de las respuestas obtenidas en el sistema de justicia, Yesenia envió a su hijo con sus abuelos, empacó sus pertenencias y abandonó la que creyó su nueva propiedad, y a su vez desistió de sus esfuerzos por denunciar a su acosador.
En el Día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer, que se celebra cada 25 de noviembre, es propicio recordar que el acoso sexual es una de las categorías de violencia tipificadas como delito en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aprobada en Venezuela en 2007 y reformada parcialmente en 2014 para, entre otras cosas, agregar otros delitos. Pero el Estado venezolano tiene una gran deuda con la sociedad para que esta norma, calificada como de las mejores de la región, pueda ser aplicada, pues no ha destinado los esfuerzos ni recursos necesarios en capacitar la cadena institucional encargada de atender esta materia ni ha emprendido políticas públicas para la prevención y el desmontaje de la cultura sexista del patriarcado, como lo explica Isabel Zerpa, directora del Centro de Estudios de la Mujer de la Universidad Central de Venezuela. “El Estado no ha hecho campañas de televisión, radio o en vallas públicas y periódicos dirigidas a los hombres para prevenir el maltrato hacia la mujer. Las policías, los fiscales, los funcionarios en general no están debidamente formados, algunos buscan estudios en la materia a motu propio, lo cual es una grata experiencia, y en el caso de algunas funcionarias lo hacen para ellas mismas protegerse de situaciones de violencia dentro de las instituciones donde están asignadas. La situación de los derechos humanos en Venezuela no está divorciada del problema de la violencia de género. Muchas veces esa violencia institucional que viene del Estado al no facilitar el acceso a las medicinas, a los anticonceptivos y los alimentos, por ejemplo, es más difícil de soportar que la violencia física, porque dependiendo de las circunstancias puede que una mujer decida defenderse de su agresor o tomar medidas para alejarlo y frenar la situación, pero la vulneración de los derechos humanos que afectan la calidad de vida diaria no la puede resolver por su cuenta, no depende de ellas, y eso lo vivimos todas las mujeres independiente del estrato de la sociedad, e incluso políticamente hablando también hay daño hacia las mujeres de cualquier grupo político porque aun cuando hay representación femenina no hay igualdad con los hombres”. Sobre esto último un documento elaborado por el proyecto Las Mujeres Proponen destaca un retroceso en los derechos políticos de esta población cuando en el año 2000 se eliminó de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación la cuota obligatoria de 30% para las mujeres.
En esta idea del vacío institucional profundiza Rosa Paredes, coordinadora de la Maestría de Estudios de la Mujer de la UCV, quien además ofrece asistencia psicológica a víctimas de maltratos y agresiones en el CEM-UCV: “Estamos mejor que en los años ochenta cuando no había una ley específica ni se hablaba de violencia contra la mujer, sino de maltrato en la familia; se consideraba un hecho doméstico, privado, que debía resolver el grupo familiar. Con la ley se logró que se tipificara como un delito y fuesen sancionados los agresores. Pero el problema viene con la aplicación de la ley porque no existen los recursos económicos (se le da prioridad a otros temas), no hay suficientes recursos humanos ni institucionales para atender el problema; no hay la asistencia adecuada, no se le hace seguimiento a los casos y lo más grave es que no se toman decisiones respecto a los agresores, porque las instancias exigen una cantidad de pruebas que pareciera que nunca se alcanzarán a recopilar, argumentan que hay que esperar a que ocurran más hechos, pareciera que hay que llegar a la muerte de la víctima para que quede demostrado que sí había agresión. Por ejemplo, pareciera que lo que se aprobó como violencia psicológica solo se puede probar si hay agresión física, entonces no es psicológica, y así ocurre con la violencia institucional y la violencia simbólica, también tipificadas como delitos en la ley, pues solo se atienden casos de violencia física extrema. La consecuencia en ellas es el deterioro emocional y mayor vulnerabilidad ante las represalias de sus agresores cuando saben que son denunciados. Ese es el gran problema de la institucionalidad de la ley.
Y es que la violencia contra la mujer abarca mucho más que la agresión física, como comúnmente se piensa. Hoy día la adaptación de su concepto indica que el problema salió del hogar, se trasladó a la calle, al ámbito laboral, incluso hospitalario (violencia obstétrica) y de servicios públicos, a la relación de la sociedad con la mujer e incluso al trato del Estado hacia ella. Violencia contra la mujer es todo aquello que le impide el libre desarrollo, como lo explica Hisvet Fernández, miembro del Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres: “La forma de violencia más presente en la vida de las venezolanas es cuando se le imponen obstáculos para que emerja su personalidad libremente, porque le impide vivir a plenitud con libertad y dignidad, eso es una agresión. Las mujeres en Venezuela vivimos de golpe en golpe, y lo peor es que se ha convertido en una práctica normal, incluso de parte de las mismas mujeres que prefieren callar los maltratos de que son víctimas para no meterse en un problema, hay cantidad de situaciones diarias que pasan inadvertidas”.
La violencia y sus formas
Con la reforma a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias establece las siguientes quedaron establecidas 22 formas o categorías de violencia que son sancionados con prisión:
Violencia psicológica, Acoso u hostigamiento, Amenaza (expresiones verbales, escritos o mensajes electrónicos), Violencia física, Violencia doméstica, Violencia Sexual, Acceso carnal violento, Prostitución forzada, Esclavitud sexual, Acoso sexual, Violencia laboral, Violencia patrimonial y económica, Violencia obstétrica, Esterilización forzada, Violencia mediática, Violencia institucional, Violencia simbólica, Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes, Trata de mujeres, niñas y adolescentes, Femicidio (incluye actos delictivos que desencadenen la muerte de la mujer: secuestro, torturas, mutilaciones, violaciones y explotación sexual) e Inducción o ayuda al suicidio. Estos dos últimos fueron incorporados con la reforma.
¿Cuáles de estos delitos están más presentes en Venezuela? Hisvet Fernández afirma que “todas las 22 formas tipificadas en la ley como delitos están exacerbadas, sin contar los ‘micromachismos’ –esas manifestaciones sutiles de machismo que a menudo pasan inadvertidas– que están tan naturalizados que no aparecen en la ley, pues sería censurar todo el sistema en su esencia. Y se han exacerbado porque en toda sociedad donde las condiciones materiales se deterioran al nivel que ha ocurrido en Venezuela es imposible que las condiciones subjetivas, emocionales y de bienestar den la posibilidad a que las mujeres tengan una vida libre de violencia, porque la misma dinámica social, económica y política violenta los derechos humanos. Las mujeres tenemos la particularidad que se nos maximiza la carga tanto en lo privado como en lo público, son cuidadoras de los demás (niños, ancianos, enfermos, mascotas, plantas, la casa y a los miembros de la familia) y a eso se le suma su desempeño laboral, mientras que los varones son objeto de cuidado. En condiciones tan desfavorables eso pesa aún más y la mujer desgasta física y emocionalmente”.
A ello le agrega la tendencia de los hombres venezolanos a una “actitud dictatorial, autocrática, inspirada en las maneras que exhibe públicamente el primer mandatario nacional, quien marca la pauta de las relaciones sociales, abusa del poder e insulta, y la gente cree que si él lo hace esa es la norma y eso hace que nos encontremos dictadores en todos lados: el portero del hospital que decide cuándo, cómo y en qué condiciones vas a entrar; en el supermercado igual, en la carnicería, el conserje del edificio, el conductor del microbús, el funcionario del registro civil que obstaculiza cualquier trámite como obtener un pasaporte, etcétera”.
Allí estaríamos en presencia de lo que la ley denomina como violencia institucional: “Aquellas las acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano u ente público que contrariamente al debido ejercicio de sus atribuciones, retarden, obstaculicen o impidan que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley, para asegurarles una vida libre de violencia”.
A Isabel Zerpa, directora del CEM-UCV, le preocupa la naturalización del machismo: “En lo cotidiano, desde chistes sexistas, pequeños insultos, tratos despectivos, empujones entre parejas; tenemos que empezar a trabajar en esos detalles aunque parezcan pequeños porque es la muestra del ejercicio del patriarcado no solamente por parte de los hombres, sino de las mujeres también que toleran y hasta justifican esos actos e incluso lo ven como algo natural. Hay que tener en cuenta que la primera manifestación del machismo no comienza en el golpe, sino en el trato verbal hacia la mujer”.
La paciencia de C…
C… tiene 60 años de edad, de los cuales casi 30 ha compartido junto a su esposo, quien desde hace aproximadamente tres años dejó de ser el buen compañero amable y cariñoso de siempre. Repentinamente, esta mujer cristina y quien trabaja en las mañanas como vendedora informal en un mercado, comenzó a recibir maltrato psicológico y violencia patrimonial por parte de su esposo, mientras que la descarga de ira física la desborda en la casa en la que viven, propiedad de la madre de C…, que empezó a ser destruida poco a poco por el hombre. Para evitar mayores problemas, una vez que llega del trabajo la mujer se resguarda en casa de su hija mayor, que vive cerca, y se limita a ir a su vivienda –donde también reside el hijo de ambos de 24 años de edad– a la hora de dormir, pero eso no la salva de las dosis de agresión emocional y psicológica de su marido. Pasado un tiempo C… acudió a pedir ayuda para buscar salida a la situación; no se limitó a ir a instancias receptoras de denuncias como la policía, la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo, sino que incluso se dirigió a asociaciones de la sociedad civil y a ONG de alcance internacional. Aparte de ser maltratada constantemente, el esposo de C… está intentando quitarle la casa donde viven, que es de la mamá de la mujer, con el argumento de que en el pasado invirtió en hacerle reparaciones.
Han transcurrido tres años y C… no ha obtenido respuestas positivas de ningún ente que imparte justicia. Le piden que presente pruebas de la agresión psicológica, aun cuando la ley venezolana establece este tipo de trato como violencia y prevé sanciones penales para el agresor. ¿Cómo probar la violencia psicológica? Aun así, esta mujer persiste en su intento por mantener la denuncia formal hasta lograr que su esposo sea obligado a abandonar la casa y solicitar el divorcio: “Quiero hacer las cosas bien, sin forzarlas. Yo siento que mi victoria está cerca”.
En este caso, el Estado tiene una deuda con la víctima, pues según la ley, el sistema de justicia debe garantizarle a la mujer una vida libre de violencia en la casa y en la calle, tiene que tener políticas públicas para prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia. “Eso está totalmente ausente en Venezuela. El Estado en sí mismo violenta a la mujer cuando un funcionario público agrede, desestima u obstaculiza que la denunciante pueda acceder a la justicia”, acota Fernández.
Cuando se llega a los golpes
A inicios de diciembre de 2015, la bailarina venezolana Magdielle Bracoviche (mejor conocida como Magga) se hizo tendencia en las redes sociales al compartir una foto en la que mostraba el rostro ensangrentado y con contusiones y daba su testimonio de que había sido víctima deviolencia física por parte de su novio, también bailarín. En su relato, señalaba sorprendida que irónicamente sufrió la agresión horas antes del Día contra la Violencia de Género.
Pero hay mujeres que sufren de manera recurrente este tipo de agresiones, que pueden ser propinadas no solo por parejas, sino por padres, hermanos, novios adolescentes e incluso ex parejas. Lo vivió Flor María Castillo, de 48 años, habitante del sector San Andrés de Villa del Rosario, en Perijá, estado Zulia, quien por años recibió golpizas de su esposo hasta que recientemente el hombre traspasó su dosis de violencia y la atacó con un arma blanca y martillazos en la cabeza que casi le segaron la vida. Esa fue la respuesta que recibió la mujer cuando le anunció a su marido su intención de separarse de él.
Hasta la muerte
Mientras un grupo de vecinos del urbanismo Hugo Chávez de Misión Vivienda en la parroquia El Valle, en Caracas, jugaba dominó en la planta baja del edificio, caía desde el piso 11 el cuerpo de Sheila Yarivette Silva Jiménez, de 38 años de edad, empleada de la Alcaldía de Libertador, que fuelanzada por la ventana del apartamento donde vivía por su pareja, 10 años menor que ella. El hecho ocurrió la noche del domingo 22 de octubre. La víctima coordinaba el programa Madres de la Patria en la zona y agilizaba los Carnet de la Patria.
En 2016, 169 mujeres fueron víctimas de femicidio en Venezuela, según una recopilación de datos hecha por la asociación civil Cotejo.Info que reseñó una investigación publicada por el diario El Nacional. La cifra supera a las que fueron asesinadas por robo o por la violencia criminal, y también las 121 que murieron víctimas de este delito en 2015. Esa misma organización lleva registradas 350 muertes violentas de mujeres hasta julio de 2017, de las cuales la causa de género es el móvil que más casos acumula. Lo que diferencia este delito del homicidio es que el femicidio es definido como un crimen de odio que consiste en el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer.
“Un problema con los femicidios, que se han incrementado de manera alarmante en el país, es que los organismos policiales y el Ministerio Público solo los toman en cuenta cuando el victimario es la pareja, pero no cuando el crimen lo cometió otro hombre (hermano, padre, jefe, un vecino u otra persona cercana o ajena a su entorno) por el hecho de que la víctima era mujer. Esos casos se meten en el saco de los homicidios generalizados, y por supuesto afecta en el registro de los índices de este delito y por ende en las políticas públicas dirigidas a atender este problema”, precisa Hisvet Fernández, del Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres.
Total impunidad
En el informe Mujeres Al Límite: el peso de la emergencia humanitaria: vulneración de los derechos humanos de las mujeres en Venezuela, realizado por Avesa, Cepaz, Freya y la Asociaión Civil Mujeres en Línea, presentado recientemente el número de denuncias por violencia contra las mujeres entre los años 2011 y 2014 oscilaron entre 70.000 y 80.000 denuncias anuales, que representaron entre 12,33% y 13,33% del total recibido en el Ministerio Público, un promedio aproximado de 200 denuncias diarias en todo el país. El estudio señala que al contraponer el total de denuncias con el número de imputaciones y juicios se evidencia “una dramática disminución” al hallar que el número de casos imputados osciló entre 10% y 16,35%, mientras que los juicios están entre 0,48% y 0,79% del total de denuncias recibidas. “Eso quiere decir que el número de mujeres víctimas de violencia que logran llegar a juicio es mínimo, reinando la impunidad en más de 99% de los casos denunciados”.
A los hombres no les gustan las mujeres rotas
Nadie sabe que maltrata / hasta que rompe un hueso / y aun así / los morados de la piel no saben de perdones / las heridas disecadas sólo cuentan una historia.
Todo cuerpo supura infiernos / Todo cuerpo admite queja / admite exilio.
Nadie sabe que maltrata / hasta que asesina.
Nadie sabe que tiene fuerza / hasta que aprieta una garganta
Luego abandona / sale corriendo / echando culpas / justificando puños / y oliendo a sangre.
Todo cuerpo odia el desgarro / toda ausencia es un primer auxilio.
Nadie sabe que es poco hombre / hasta que toca a una mujer / para romperla.
Autora: Oriette d’Angelo como parte del libro 100 Mujeres contra la Violencia de Género, complicación publicada en 2015 por Editorial Fundavag.
Tomado de Alternos