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Red Naranja Venezuela

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Red Naranja es un espacio de articulación para la defensa y promoción del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia

La vulnerabilidad de las mujeres en tiempos de guerra

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Autoras: Gabriela Puche y Rosmary González 

En tiempos antiguos, los países reconocían el “Derecho absoluto a hacer la guerra” entre ellos, sin tomar en cuenta que las principales víctimas de estos enfrentamientos son las mujeres quienes sufrían las principales agresiones. Un ejemplo reciente fue durante la Segunda Guerra Mundial, el historiador J.M Sadurní señaló en 2022 lo siguiente: “los abusos cometidos por el Ejército Imperial Japonés contra las mujeres de los países ocupados, muchas de las cuales fueron víctimas de maltrato y vejaciones cometidos contra su dignidad e incluso su humanidad.”

En consecuencia a estas atrocidades, la humanidad tomó cartas en el asunto.

Surgió el Derecho Internacional Contemporáneo que condena el uso de la fuerza armada como un instrumento de política nacional, salvo en casos de legítima defensa como el conflicto actual en Ucrania con Rusia. Dentro del Derecho Internacional Público, se encuentra el Derecho Internacional Humanitario (DIH).

El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es especial porque se aplica en caso de conflictos armados sin importar su naturaleza, es decir, son una serie de normas que protegen a las personas, incluso en caso de una Emergencia Humanitaria Compleja como en el caso de la República Bolivariana de Venezuela. Un principio fundamental de esta rama es el principio de necesidad, las partes en conflicto sólo pueden utilizar la fuerza armada y causar daños al enemigo en la medida en que sea estrictamente necesario para alcanzar el objetivo militar legítimo de la operación.

No obstante, en la práctica es un poco complejo determinar el equilibrio entre lo que es estrictamente necesario y un exceso. Sobre esto, el Dr. Carlos Rodríguez-Piñero, profesor de Derecho Internacional Público en la Universidad Complutense de Madrid señaló que el principio de necesidad no es un principio absoluto y  su aplicación debe ser siempre considerada tomando en cuenta las circunstancias específicas de cada caso.

A pesar de esta complicación, el Comité Internacional de la Cruz Roja determinó un grupo específico dentro de la población civil, dicho grupo se llama Grupos Vulnerables que abarca especial protección a mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad. 

El Derecho Internacional Humanitario ha desarrollado un marco legal más fuerte para proteger a las mujeres en los conflictos armados. 

La Dra. Monika Ritter, experta en Derecho Internacional Humanitario y Género, Profesora de la Universidad de Zurich señaló en que “El DIH ofrece un marco legal para la protección de las mujeres en los conflictos armados. Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales establecen principios básicos como la prohibición de la tortura, la violación y otros actos de violencia sexual.” 

En consecuencia, son más propensas a ser víctimas de violencia sexual, desplazamiento forzado y otras formas de abuso, aunque también pueden enfrentar dificultades para acceder a la atención médica, la educación y otros servicios esenciales. Aunque existan normas a menudo las mismas se aplican de manera restrictiva y no siempre se adaptan a las necesidades y experiencias específicas de las mujeres en los conflictos armados, por tal motivo es necesario la participación ciudadana en los procesos de paz y su compromiso con la justicia social que permite realizar un monitoreo de las violaciones permitiendo que los responsables rindan cuentas de sus acciones.